Local para vender en Neiva, Huila.

Detalle del Inmueble

Ubicación: - Neiva, Huila, Colombia
  • Código: 10349423
  • Tipo Inmueble: Local
  • Negocio: Vender
  • Estado: Usado
Precio Venta Consultar Pesos Colombianos

Información Adicional del Agente Inmobiliario

Local, ubicado en el EDIFICIO LOCAL N.5 DANN CENTRO COMERCIAL INTERNACIONAL DE SAN ANDRES.5-169A, San Andrés, Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Área de 57,71 metros cuadrados. Los linderos se encuentran contenidos en la Escritura Pública No. 4674 del 29 de julio de 1983 de la Notaría 9a. de San Andrés, y se identifica con folio de matrícula inmobiliaria No. 450-6394 de la oficina de registro de San Andrés. A este inmueble le corresponde un coeficiente de copropiedad de acuerdo al reglamento de propiedad horizontal. El inmueble se encuentra actualmente en estado de ocupación no identificado. El Comprador, según el tipo de ocupación, podrá: Optar por la cesión del contrato de arrendamiento vigente, de existir, solicitar la entrega del inmueble en las condiciones acordadas en el contrato de promesa de compraventa, o adelantar las acciones legales o policivas que correspondan. El inmueble será entregado en el estado material actual, sin que su descripción, ilustraciones, videos, cabida o linderos publicados generen obligación adicional. El interesado deberá, por su cuenta y costo, consultar ante las autoridades competentes los usos permitidos, restricciones y normativas aplicables al inmueble. ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S., no asumirá responsabilidad alguna por trámites de licencias, legalización de permisos u otras obras que el futuro comprador deba gestionar. No obstante, la cabida y los linderos establecidos tendrán validez como cuerpo cierto. ADMINISTRACION Y PROCEDENCIA DEL INMUEBLE. Estos inmuebles son administrados por la SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES - SAE S.A.S la cual podrá delegar en ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. trámites relacionados a la formalización y seguimiento de escrituración de conformidad con las facultades otorgadas, y en el marco de la Enajenación Temprana, conforme a la Ley 1708 del 20 de enero de 2014 y todas las normas que la modifiquen. La SAE garantizará el suministro de toda la documentación necesaria según la naturaleza del inmueble para llevar a cabo la escrituración correspondiente a nombre del adjudicatario. SANEAMIENTO. La SAE se encargará del saneamiento jurídico de los inmuebles, cuando tales afectaciones no hayan sido reconocidas expresamente en la Resolución de Enajenación Temprana, de conformidad con el Artículo 93 y 145 de la Ley 1708 de 2014.

Descripción realizada por LosCompradores

Local en Neiva para vender . .

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