Se trata de una casa. Ubicado en la Calle 15 No. 107 - 60 Urbanización Ciudad Jardín de la ciudad de Cali. Departamento Valle del Cauca. Se trata de un lote medianero, con forma rectangular, topografía plana con pendiente de 0 a 7%.. Con un Área 1.500,19 m², Área construida 551,00 m² Área piscina 60,00m, total 611,00 m², según los datos de los Certificados de Tradición y Libertad. Se trata de un lote de disposición medianera sobre el se construyó una casa de dos pisos, cuenta con un Antejardín, área de piscina con cuarto de máquinas, sauna, baño, ducha y vestier, área de parqueadero, pasillos externos e internos, 13 aparta estudios con espacio para cocina y baño, jardín posterior. Piscina con su respectivo cuarto de máquinas y baño sauna. El inmueble dispone de servicios públicos como acueducto, energía eléctrica, alcantarillado, teléfono y gas. El predio se encuentra en una zona residencial consolidada, con fácil acceso vías principales la carrera 100, desde la calle 11 (vía a La Buitrera) hasta la calle 25; La calle 16, entre carreras 100 y 105; La calle 18 (Avenida Cañas Gordas), entre carreras 105 y 106A; como vías colectoras (VC), la carrera 105 (Avenida San Joaquín), entre la prolongación de la Calle 13 y la calle 18. El inmueble se encuentra identificado con el Folio de Matrícula Inmobiliaria 370-17929 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cali. Los linderos se encuentran en la Escritura Pública N° 5918 del 14 de diciembre de 1993, protocolizada en la Notaría 8 de Cali. El inmueble se encuentra actualmente desocupado. El Comprador, según el tipo de ocupación, podrá: Optar por la cesión del contrato de arrendamiento vigente de existir, solicitar la entrega del inmueble en las condiciones acordadas en el contrato de promesa de compraventa, o adelantar las acciones legales o policivas que correspondan. ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S., no asumirá responsabilidad alguna por trámites de licencias, legalización de permisos u otras obras que el futuro comprador deba gestionar. No obstante, la cabida y los linderos establecidos tendrán validez como cuerpo cierto. ADMINISTRACIÓN Y PROCEDENCIA DEL INMUEBLE. Este inmueble es administrado por la SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES - SAE S.A.S la cual podrá delegar en ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. trámites relacionados a la formalización y seguimiento de escrituración de conformidad con las facultades otorgadas por la Ley 1708 del 20 de enero de 2014 y todas las normas que la modifiquen. La SAE garantizará el suministro de toda la documentación necesaria según la naturaleza del inmueble para llevar a cabo la escrituración correspondiente a nombre del adjudicatario. ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. no asumirá responsabilidad alguna por la gestión de trámites de licencias, legalización de permisos ni por la ejecución de obras que correspondan al futuro comprador. SANEAMIENTO. La SAE se encargará del saneamiento jurídico de los inmuebles, cuando tales afectaciones no hayan sido reconocidas expresamente y de conformidad con la Ley 1708 de 2014 y normas que la modifiquen. SUBASTA ELECTRÓNICA solo podrán acceder a la subasta electrónica los clientes que estén debidamente registrados y verificados en Actibid, hayan presentado manifestación de interés, cumplido con los requisitos documentales establecidos y hubiesen constituido la garantía para poder presentar oferta en la forma y por el monto exigido. El Cliente que haya realizado la puja más alta válida será notificado electrónicamente como mejor cliente provisional, esta condición estará sujeta a las verificaciones y aprobaciones previstas por ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. y la SAE S.A.S. todas las pujas, notificaciones y eventos del proceso quedarán registrados en los sistemas de Actibid, constituyendo evidencia digital del desarrollo de la subasta electrónica. La garantía de seriedad de la oferta será recaudada y quedará en la SAE S.A.S., hasta la notificación final de la oferta. La ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. notificará a SAE S.A.S y al PRE-ADJUDICATARIO, dentro del día hábil siguiente al cumplimiento del plazo para cancelar la Garantía de Seriedad de oferta, previa decisión adoptada por el comité. FACULTADES. La SAE SAS, antes de la adjudicación definitiva, puede desistir de la enajenación de los bienes, sin que la mencionada decisión requiera de motivación alguna. La SAE S.A.S. y ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S., están facultados para aplazar, suspender, modificar o cancelar unilateralmente el proceso previo al inicio de la subasta. Dichas decisiones no generarán derecho a pago alguno ni obligación de indemnización a favor de los oferentes por ningún concepto.

