Local para vender en Barranquilla, Atlántico.

Detalle del Inmueble

Ubicación: - Barranquilla, Atlántico, Colombia
  • Código: 10352730
  • Tipo Inmueble: Local
  • Negocio: Vender
  • Estado: Usado
  • Área Construida: 60.00 m2
  • Área Terreno: 0.00 m2
Precio Venta Consultar Pesos Colombianos

Información Adicional del Agente Inmobiliario

Local, ubicado en la Carrera 54 Calle 74 Centro Comercial Boulevard 54, Barranquilla, Atlántico. Área privada de 60.32 metros cuadrados, con altura libre de 3.10 metros, destinado al uso comercial, consta de salón, cocineta y baño. Los linderos se encuentran contenidos en la Escritura pública No. 808 del 11 de marzo de 1992 de la Notaría 5 de Barranquilla, y se identifica con folio de matrícula inmobiliaria No. 040-227945 de la oficina de registro de Barranquilla. A este inmueble le corresponde un coeficiente de copropiedad de 1.36%. El inmueble se encuentra actualmente sin información sobre ocupación. El Comprador, según el tipo de ocupación, podrá: Optar por la cesión del contrato de arrendamiento vigente, de existir, solicitar la entrega del inmueble en las condiciones acordadas en el contrato de promesa de compraventa, o adelantar las acciones legales o policivas que correspondan. El inmueble será entregado en el estado material actual, sin que su descripción, ilustraciones, videos, cabida o linderos publicados generen obligación adicional. El interesado deberá, por su cuenta y costo, consultar ante las autoridades competentes los usos permitidos, restricciones y normativas aplicables al inmueble. ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S., no asumirá responsabilidad alguna por trámites de licencias, legalización de permisos u otras obras que el futuro comprador deba gestionar. No obstante, la cabida y los linderos establecidos tendrán validez como cuerpo cierto. ADMINISTRACION Y PROCEDENCIA DEL INMUEBLE. Estos inmuebles son administrados por la SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES - SAE S.A.S la cual podrá delegar en ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. trámites relacionados a la formalización y seguimiento de escrituración de conformidad con las facultades otorgadas, y en el marco de la Enajenación Temprana, conforme a la Ley 1708 del 20 de enero de 2014 y todas las normas que la modifiquen. La SAE garantizará el suministro de toda la documentación necesaria según la naturaleza del inmueble para llevar a cabo la escrituración correspondiente a nombre del adjudicatario. SANEAMIENTO. La SAE se encargará del saneamiento jurídico de los inmuebles, cuando tales afectaciones no hayan sido reconocidas expresamente en la Resolución de Enajenación Temprana, de conformidad con el Artículo 93 y 145 de la Ley 1708 de 2014.

Descripción realizada por LosCompradores

Local en Barranquilla para vender , y apróximadamente 60.00 m2 . .

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