| Apartamento No. 503 y al Garaje No. 50, ubicados en el Edificio Vallarta, Torre B, localizado en la Carrera 9C No. 121–53, sector Santa Bárbara Central, localidad de Usaquén, Bogotá D.C. El apartamento cuenta con un área privada de 204,36 m² y un coeficiente de copropiedad del 2,82 %, y presenta una distribución interna conformada por sala-comedor, cocina, dos alcobas auxiliares, alcoba principal con baño privado y vestier, alcoba y baño de servicio, y altillo. El Garaje No. 50 posee un área privada de 32,44 m² y un coeficiente de copropiedad del 0,44 %. El conjunto está conformado por dos torres residenciales, identificadas como Torre A y Torre B, cada una de cinco niveles, con sótano de parqueaderos, dos ascensores por torre, salón social, gimnasio, parque infantil, recepción y acceso vehicular. El proyecto se desarrolla sobre un lote esquinero de topografía plana y forma geométrica irregular. La edificación presenta una antigüedad aproximada de 30 años, dispone de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, telefonía y gas natural, y se encuentra ubicada en un sector clasificado en estrato socioeconómico 6. Los linderos de los inmuebles se encuentran consagrados en la Escritura Pública No. 2680 del 17 de septiembre de 1993, otorgada en la Notaría Cuarenta y cuatro de Santafé de Bogotá. Los inmuebles se identifican con los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 50N-20161609 y 50N-20161662 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá D.C. - zona norte. ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. no asumirá responsabilidad alguna por la gestión de trámites de licencias, legalización de permisos ni por la ejecución de obras que correspondan al futuro comprador. El inmueble será entregado en el estado material actual, sin que su descripción, ilustraciones, videos, cabida o linderos publicados generen obligación adicional. El interesado deberá, por su cuenta y costo, consultar ante las autoridades competentes los usos permitidos, restricciones y normativas aplicables al inmueble. No obstante, la cabida y los linderos establecidos tendrán validez como cuerpo cierto. ADMINISTRACION Y PROCEDENCIA DEL INMUEBLE. Este inmueble es administrado por la SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES - SAE S.A.S la cual podrá delegar en ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. trámites relacionados a la formalización y seguimiento de escrituración de conformidad con las facultades otorgadas, conforme a la Ley 1708 del 20 de enero de 2014 y todas las normas que la modifiquen. La SAE garantizará el suministro de toda la documentación necesaria según la naturaleza del inmueble para llevar a cabo la escrituración correspondiente a nombre del adjudicatario. SANEAMIENTO. La SAE se encargará del saneamiento jurídico de los inmuebles, cuando tales afectaciones no hayan sido reconocidas expresamente de conformidad con la Ley 1708 de 2014. SUBASTA ELECTRONICA. Solo podrán acceder a la subasta electrónica los clientes que estén debidamente registrados y habilitados en Actibid, hayan presentado manifestación de interés, cumplido con los requisitos documentales establecidos y hubiesen constituido la garantía para poder presentar oferta en la forma y por el monto exigido. El Cliente que haya realizado la puja más alta válida será notificado electrónicamente como mejor cliente provisional, esta condición estará sujeta a las verificaciones y aprobaciones previstas por ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. y la SAE S.A.S. todas las pujas, notificaciones y eventos del proceso quedarán registrados en los sistemas de Actibid, constituyendo evidencia digital del desarrollo de la subasta electrónica. La garantía de seriedad de la oferta será recaudada y quedará en la SAE S.A.S., hasta la notificación final de la oferta. La ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. notificará a SAE S.A.S y al PRE-ADJUDICATARIO, dentro del día hábil siguiente al cumplimiento del plazo para cancelar la Garantía de Seriedad de oferta, previa decisión adoptada por el comité. FACULTADES. La SAE SAS, antes de la adjudicación definitiva, puede desistir de la enajenación de los bienes, sin que la mencionada decisión requiera de motivación alguna. La SAE S.A.S. y ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S., están facultados para aplazar, suspender, modificar o cancelar unilateralmente el proceso previo al inicio de la subasta. Dichas decisiones no generarán derecho a pago alguno ni obligación de indemnización a favor de los oferentes por ningún concepto. Para información detallada sobre los trámites relacionados con la firma de la promesa de compraventa, saneamiento, traspaso de la propiedad, entrega del inmueble, impuestos, servicios públicos, cuotas de administración, honorarios y otros aspectos. |

