El predio es un inmueble de uso comercial donde actualmente funciona una estación de servicio, acompañado de construcciones que complementan su operación, como cinco locales comerciales y una edificación de dos niveles y un sótano destinada al área administrativa. Está ubicado en la Calle 7 No. 1-36 Este, lote Santa Inés, sector Samaria, en el municipio de Chía, departamento de Cundinamarca. Lote esquinero de topografía plana, con pendientes menores al 3% y una forma geométrica regular, similar a un cuadrado. El lote donde se levanta la edificación tiene un área de 1591,67 m², una construcción principal de 515,00 m² y una zona dura de 1020,00 m². La edificación presenta una antigüedad aproximada de veinticinco (25) años y pertenece al estrato socioeconómico tres (3). Cuenta con los servicios públicos de acueducto, energía eléctrica, alcantarillado, teléfono y gas natural. Los linderos del predio se encuentran consignados en la Escritura Pública No. 3665 del 26 de agosto de 1997 de la Notaría Treinta y seis de Bogotá D.C. y el inmueble se identifica con el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 50N-20296188 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá D.C. El inmueble será entregado en el estado material actual, sin que su descripción, ilustraciones, videos, cabida o linderos publicados generen obligación adicional. El interesado deberá, por su cuenta y costo, consultar ante las autoridades competentes los usos permitidos, restricciones y normativas aplicables al inmueble. ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. no asumirá responsabilidad alguna por la gestión de trámites de licencias, legalización de permisos ni por la ejecución de obras que correspondan al futuro comprador. No obstante, la cabida y los linderos establecidos tendrán validez como cuerpo cierto. ADMINISTRACIÓN Y PROCEDENCIA DEL INMUEBLE. Este inmueble es administrado por la SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES - SAE S.A.S la cual podrá delegar en ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. trámites relacionados a la formalización y seguimiento de escrituración de conformidad con las facultades otorgadas, y en el marco de la Enajenación Temprana, conforme a la Ley 1708 del 20 de enero de 2014 y todas las normas que la modifiquen. La SAE garantizará el suministro de toda la documentación necesaria según la naturaleza del inmueble para llevar a cabo la escrituración correspondiente a nombre del adjudicatario. SANEAMIENTO. La SAE se encargará del saneamiento jurídico de los inmuebles, cuando tales afectaciones no hayan sido reconocidas expresamente en la Resolución de Enajenación Temprana, de conformidad con el Artículo 93 de la Ley 1708 de 2014. SUBASTA ELECTRÓNICA. Solo podrán acceder a la subasta electrónica los clientes que estén debidamente registrados y habilitados en Actibid, hayan presentado manifestación de interés, cumplido con los requisitos documentales establecidos y hubiesen constituido la garantía para poder presentar oferta en la forma y por el monto exigido. El Cliente que haya realizado la puja más alta válida será notificado electrónicamente como mejor cliente provisional, esta condición estará sujeta a las verificaciones y aprobaciones previstas por ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. y la SAE S.A.S. todas las pujas, notificaciones y eventos del proceso quedarán registrados en los sistemas de Actibid, constituyendo evidencia digital del desarrollo de la subasta electrónica. La garantía de seriedad de la oferta será recaudada y quedará en la SAE S.A.S., hasta la notificación final de la oferta. La ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. notificará a SAE S.A.S y al PRE-ADJUDICATARIO, dentro del día hábil siguiente al cumplimiento del plazo para cancelar la Garantía de Seriedad de oferta, previa decisión adoptada por el comité. FACULTADES. La SAE SAS, antes de la adjudicación definitiva, puede desistir de la enajenación de los bienes, sin que la mencionada decisión requiera de motivación alguna. La SAE S.A.S. y ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S., están facultados para aplazar, suspender, modificar o cancelar unilateralmente el proceso previo al inicio de la subasta. Dichas decisiones no generarán derecho a pago alguno ni obligación de indemnización a favor de los oferentes por ningún concepto. Para información detallada sobre los trámites relacionados con la firma de la promesa de compraventa, saneamiento, traspaso de la propiedad, entrega del inmueble, impuestos, servicios públicos, cuotas de administración, honorarios y otros aspectos. La negociación no incluye el establecimiento de comercio, la marca, ni el mobiliario u otros activos asociados a la operación actual. Estado de ocupación: ocupado.

